martes, 21 de septiembre de 2010

CLASES DE HURTO

Hurto simple
Hurto famélico (Justificado): Teoría de Paul Johann Anselm Von Feuerbach (1801).
Características para su procedencia:
1.Necesidad extraordinaria.
2.No deben existir otros medios para satisfacer esa necesidad.
3.El objeto debe ser comestible.
4.No apoderarse más de lo que se necesita.
5.No emplear violencia para su apoderamiento.
Hurto propio: Cuando ilegítimamente se utiliza una cosa de la cual su titular se ha desprendido voluntariamente, entregándosela a quien la detenta. La mayoría de los agentes piensan que es una conducta atípica porque el sujeto entrega la cosa voluntariamente.
Hurto impropio: El sujeto activo, que puede ser el propietario de la cosa o un tercero actuando con el consentimiento del mismo, sustrae la cosa de su poseedor legítimo


HURTO


Consiste el delito de hurto en el apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble, ajena en todo o en parte, realizado sin fuerza en las cosas, ni violencia o intimidación en las personas.

El hurto se considerará falta o delito en función del valor económico de lo hurtado. En España se considera Delito a partir de los 400€.

Esta definición del hurto se construye oponiéndola a las del robo y de la extorsión. El hurto requiere siempre apoderamiento, sin usar de formas o modos especiales, como la fuerza sobre las cosas o la violencia física en las personas, características del robo, o como la intimidación para obligar a la entrega, por ejemplo, propia de la extorsión.

Con la ejecución del hurto se viola la posesión de las cosas muebles, considerada como mero estado de hecho, cualquiera fuere su origen, represente o no el ejercicio de un derecho subjetivo sobre la cosa misma. No reclama la legitimidad de la detención por parte de aquel a quién inmediatamente se substrae la cosa; basta que el apoderamiento sea ilegítimo en cuanto al otro. Cualquier posesión actual y no sólo la civilmente amparada, se protege por la ley penal.

Es requisito del hurto, como de los demás delitos contra el patrimonio la existencia de una intención especial del autor, lo que técnicamente se conoce como elemento subjetivo del injusto que es el ánimo de lucro, la intención de obtener un enriquecimiento con la apropiación, de esto modo es posible diferenciar conductas totalmente lícitas (por ejemplo tomar una cosa para examinarla) de las que tienen una clara ilicitud.

TIPOS DE ROBO

Toperos: Para forzar las puertas o ventanas de las casas utilizan palanquetas, destornilladores y en ocasiones hasta gatos hidráulicos. Sus preferencias suelen ser los primeros y últimos pisos de los edificios para mejor protegerse ante intrusos.
El tablerista: Es el delincuente que actúa directamente sobre la puerta, practicando en ella un orificio lo suficientemente grande para introducir la mano y abrir la cerradura desde el exterior. Utiliza un taladro autónomo, martillo, sierra o berbiquí.
Espadistas: Casos menos frecuentes. Hay que buscar a los autores en el entorno próximo a los dueños de la casa. Abren las puertas utilizando llaves falsas o ganzúas.
Escaparatista: Sustrae objetos de los escaparates de las tiendas, principalmente ropa y joyería. Rompen la luna del cristal y ayudándose de un alambre enrollado en cinta aislante y con la punta en forma de gancho-tipo anzuelo- se apoderan de cuantos objetos engancha, suelen "trabajar" en horarios de cierre de los locales, especialmente a medio día.
Encalomo: Es el delincuente que se esconde en el lugar del robo antes de que cierre el establecimiento, actuando una vez que se queda solo. Suelen ir varios individuos. Es un robo un tanto en desuso y se ha venido detectando últimamente en almacenes de los grandes polígonos e iglesias.
Palquistas: Acceden a las viviendas, especialmente en casas antiguas o de pocos pisos, escalando y trepando a través de la fachada accediendo por los balcones o terrazas. Actúan de noche.
Butroneros: Suelen “trabajar” con horas por delante. Utilizan elementos contundentes para realizar boquetes de varios centímetros de diámetro junto a la puerta y cerraduras o en paredes colindantes a la vivienda.
Rififi: Se denomina así este “registro” cuando el boquete que permite la entrada a una persona se efectúa a través de terrado. Fundamentalmente “trabajan” en locales o naves comerciales de una sola planta.
Alunizaje: Método utilizado por los ladrones de tiendas consistente en embestir con un vehículo contra el escaparate de la tienda y robar la mercancía. En pocos segundos los ladrones han consumado el robo y se han dado a la fuga. Existen protecciones metálicas especiales, capaces de resistir o amortiguar el golpe contra la fachada.
Una precaución eficaz y barata consiste en aparcar los vehículos propios delante del comercio, de tal forma que se dificulte el acceso del vehículo conducido por los agresores, el cual necesitará unos metros de libre recorrido para impactar con fuerza suficiente. Aunque en este caso un sistema de alarma seguramente no impedirá por sí solo el robo, nos permitirá intervenir rápidamente para minimizar los efectos del mismo.

El mazazo: Cuatro individuos llegan a la joyería o comercio elegido para robar subidos a bordo de dos motocicletas. Sin quitarse los cascos de protección, dos de ellos bajan del vehículo intimidando a los peatones o empleados que salen a la calle.
Los otros dos rompen a mazazos los expositores de los objetos de más valor introduciendo las manos por el agujero para hacerse con el botín. Una vez que se han apoderado de los efectos desaparecen del lugar en las dos motos. Este tipo de robos los suelen hacer a plena luz del día y en su consumación emplean entre tres y cuatro minutos. En los parkings o estacionamientos.

Los revientacabinas: Los que dominan este “registro” en la actualidad son personas procedentes de Europa del este, especializados en desvalijar las cabinas telefónicas. Atrás quedaron ya los tiempos del “fleje” o “espadilla” para forzar los cajetines telefónicos. Ahora los aparatos son más sofisticados y los delincuentes, que están perfectamente organizados, utilizan como “herramientas”, taladros autónomos con brocas profesionales y ganzúas. Abren los cajetines monedero sin estropear el teléfono. Solo los empleados de Telefónica se percatan del robo cuando van a por la recaudación.
Estos grupos eligen cabinas telefónicas con gran afluencia de usuarios y en puntos donde les sea fácil escapar en caso de ser detectados. Una vez perforado el cajetín de recaudación de la cabina, los delincuentes tapan el orificio con masilla del mismo color para disimularlo y poder volver posteriormente a desvalijar estas mismas cabinas sin mayor esfuerzo. A lo largo del año 2.002, las pérdidas para las operadoras telefónicas, daños aparte, superan los cinco millones de euros.

Los carteristas: El carterista (“sañero”) es el delincuente que sustrae la cartera a la víctima para apropiarse de los billetes, monedas o las tarjetas de crédito ("plásticos"). El lugar o lugares habituales donde ejecuta el hecho (“pasto”) es en mercadillos, acontecimientos deportivos, ferias, autobuses, siempre donde haya grandes aglomeraciones de personas-
Puede actuar solo o acompañado y existen diversas técnicas:

“El piquero”: Utiliza los dedos índice y medio protegido por un periódico o prenda de vestir(“muleta”) que oculta la operación a los presentes y que acto seguido pasa la cartera al cómplice (“pasar el burro”)

“El bolsillero”.-Abre el bolso de las mujeres e introduce las manos para apoderarse de los monederos.

“El lancero".-Técnica sudamericana practicada por carteristas de aquellos países que utilizan pinzas adaptados o alambres para “levantar” la cartera. En desuso ha caído la tradicional forma utilizada por los viejos carterista quienes valiéndose de una cuchilla de afeitar cortaban los forros de los bolsillos para sacarle las carteras.

Descuideros: Se llaman así a los delincuentes que actúan aprovechando o provocando la distracción de las víctimas. Dentro de este tipo existen “los maleteros” y “los mecheros”.
“Los maleteros”: Están especializados en la sustracción de maletas, bolsas de viaje, cámaras fotográficas y cuantos efectos puedan llevar quienes se disponen a viajar. Sus lugares de actuación son las estaciones de ferrocarril, autobuses, estaciones marítimas, aeropuertos y vestíbulos de hoteles.
“Los mecheros”: Actúan en los grandes almacenes y superficies comerciales. Están los “empalmadores” que hacen el trabajo entre varios individuos, donde mientras uno distraen al dependiente-prefieren jóvenes- el otro se lleva en la mano un objeto pequeño pero de gran valor, fundamentalmente joyas. Utilizan pegamentos o chicles para hacerlo.
“Las butroneras”: Son mujeres provistas de un gran mandil camuflado bajo una prenda de vestir amplia. Como en el caso anterior suelen ir varias, una de las cuales denominadas “la cartujera” es la encargada de vigilar o distraer al dependiente.
Los hurtos por descuido constituyen una pesadilla para los establecimientos comerciales, quienes tratan de combatirla con el uso de numerosos sistemas de seguridad, que van desde las cámaras de TV de circuito cerrado, pasando por vigilantes de seguridad y chips y barras de código en los distintos artículos.

“Las goteras”.-Son mujeres, que con ocasión del ejercicio de la prostitución le sustraen al cliente lo que de valor lleva encima. Suelen actuar a veces con un cómplice y es en la calle donde tras concertar el servicio, llevan a su víctima hasta la habitación de un hostal o pensión. Allí aprovechando un momento de distracción introduce en su vaso de bebida una sustancia somnífera que le duerme, actúan con total tranquilidad. Este “registro” lleva la alternativa del denominado “Beso del amor”.
“Ratas de hotel”.- Se conocen así a los delincuentes que trabajan en las habitaciones de hoteles, bien cuando ha salido el ocupante o incluso, cuando éste se encuentra durmiendo. Estas modalidades, salvo casos excepcionales ya no son frecuentes en el momento actual.
Robos en farmacias: Es la acción típica de las personas drogadictas en busca de dinero y de los estupefacientes que tienen estos establecimientos. Hace unos años este tipo de robos era una constante frecuente. Hoy día las diferentes medidas de seguridad adoptadas han hecho bajar en “picado” este tipo de delitos.
Robos en gasolineras.- De un hecho cotidiano hace unos años, un verdadero azote, especialmente en las estaciones de servicio fuera del casco urbano y en horas nocturnas, las medidas de seguridad adoptadas han provocado un descenso importante en estos establecimientos, derivándose en algunos casos en atracos a los clubes de alterne en ubicados en zonas solitarias.





DELITOS CONTRA LOS BIENES Y LA INTEGRIDAD FISICA Y MORAL.

ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACION

Se regula en el art. 242 y recibe una pena mayor: prisión de dos a cinco años. Aparte de la pena del robo en sí se castiga la pena que corresponda al acto de violencia física. Si se perpetra un robo por el procedimiento del tirón, además de la pena de 2 a 5 años por el robo, se recibe la pena correspondiente a las lesiones causadas a la víctima.

En el caso del robo con violencia e intimidación también se da la posibilidad de que haya supuestos más gravemente penados cuando concurran determinadas circunstancias, y así viene previsto en el apartado 2 del mismo artículo: La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delincuente hiciere uso de las armas u otros medios igualmente peligrosos que llevare, sea al cometer el delito o para proteger la huida y cuando el reo atacare a los que acudiesen en auxilio de la víctima o a los que la persiguieren. (art. 242.2)

Finalmente, también cabe valorar que la violencia o intimidación sean de «menor entidad» y, además, «las restantes circunstancias del hecho», para imponer la pena inferior en grado, esto es, en lugar de 2-5 años, una pena de 1 a 2 años de prisión.

ROBO CON FUERZAS EN LAS COSAS

Para que se aprecie la existencia de robo con fuerza, debe concurrir alguna de las circunstancias siguientes en la ejecución del hecho:
1.- Escalamiento
2.- Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
3.- Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
4.- Uso de llaves falsas. El propio Código Penal da una definición de lo que se consideran llaves falsas en su art. 239: 1.º Las ganzúas u otros instrumentos análogos. 2.º Las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal. 3.º Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo. Y añade en su último párrafo que, a los efectos del presente artículo, se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o perforadas, y los mandos o instrumentos de apertura a distancia. En virtud de ello, por ejemplo, se considera robo y no hurto el emplear la tarjeta de crédito o de débito de otra persona para extraer dinero a través de un cajero automático.
5.- Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda. 6.- Patada del jambo negro: dicese del musulman que utiliza su pierna para realizar una gran patada efectiva para derribar una puerta.

Este delito se castiga con la pena de prisión de uno a tres años, salvo que concurran circunstancias que permitan estimar el robo de especial gravedad. Son en concreto las contempladas en el art. 241 y, por remisión, en el art. 235 C.P.:
1.º Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
2.º Cuando se trate de cosas de primera necesidad o destinadas a un servicio público, siempre que la sustracción ocasionare un grave quebranto a éste, o una situación de desabastecimiento.
3.º Cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración.
4.º Cuando ponga a la víctima o a su familia en grave situación económica o se haya realizado abusando de las circunstancias personales de la víctima.
5.º Cuando se cometa en casa en casa habitada, edificio o local abiertos al público o en cualquiera de sus dependencias. El mismo art. 241.2 da una definición de lo que se considera «casa habitada» (todo albergue que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar, art. 241.2) y «dependencias de casa habitada o de edificio o local abierto al público» (sus patios, garajes y demás departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio y en comunicación interior con él, y con el cual formen una unidad física, art. 241.3).



ROBO
El robo es un delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de bienes ajenos, con intención de lucrarse, empleando para ello fuerza en las cosas o bien violencia o intimidación en la persona. Son precisamente estas dos modalidades de ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige únicamente el acto de apoderamiento.

La mayor peligrosidad del robo, por el uso de esta fuerza o intimidación, justifican que la pena sea superior a la que se establece por el hurto.

Dentro del robo hay dos modalidades distintas, una que se distingue por el empleo de la fuerza en las cosas y otra por la violencia o intimidación en las personas. El primero es aquel en el que se emplea una fuerza, una violencia para acceder al lugar donde se encuentra la cosa. En ocasiones, también se definen como robo aquellas acciones en las que, a pesar de no mediar fuerza o intimidación, existe algún otro elemento que lo distingue del mero hurto. Por ejemplo, es posible definir como robo a aquel que se produce mediante el uso de una llave falsa o ganzúa. Esta aplicación se hace por la similitud entre la utilización de una llave falsa con la fuerza que se puede emplear para romper esa barrera (la puerta) que protege del robo.

El robo con violencia o intimidación en las personas es aquel caracterizado porque se ejerce una fuerza vis física o una intimidación vis compulsiva para vencer la resistencia de dueño o poseedor de las cosas a su entrega.